Ampliación del Kit Digital a empresas de más de 50 trabajadores

Ampliación del Kit Digital a empresas de más de 50 trabajadores

Desde el 12 de diciembre de 2024 se ha ampliado el programa Kit Digital a aquellas empresas que cuentan con más de 50 empleados.

Publicado el 08/01/2025

Dado que este programa no solo fomenta la digitalización de las empresas, sino también la modernización del tejido productivo en España, en esta quinta convocatoria se han incluido también soluciones tecnológicas que integran Inteligencia Artificial.
Este programa cuenta con una financiación de 3.067 millones de euros por parte de los fondos NextGenerationEU de la Unión Europea, está promovido por el Gobierno de España y administrado por Red.es.

Categorías de las soluciones subvencionables con el Kit Digital

Catálogo con todas las soluciones disponibles para esta nueva convocatoria:

  • - Comercio electrónico
  • - Gestión de Redes Sociales
  • - Gestión de Clientes
  • - Business Intelligence y Analítica
  • - Gestión de Procesos
  • - Gestión de la facturación y factura electrónica
  • - Servicios y herramientas de Oficina Virtual
  • - Comunicaciones Seguras
  • - Ciberseguridad
  • - Presencia avanzada en Internet
  • - Servicio de Ciberseguridad Gestionada
  • - Gestión de clientes con IA asociada
  • - Business Intelligence y Analítica e IA asociada
  • - Gestión de procesos con IA asociada 

No todas las soluciones Kit Digital son compatibles entre sí. Cuando se den estos casos, las empresas tan solo podrán solicitar acuerdos por cada una de estas.

Requisitos para esta nueva convocatoria del Kit Digital

Tamaño de las empresas
Las empresas incluidas en esta convocatoria son las ubicadas en el segmento IV y V:

  • - Segmento IV: medianas empresas de entre 50 y menos de 100 trabajadores (así como empresas consideradas como medianas empresas al superar los 10 millones de euros en su balance general y volumen de negocios anual).
  • - Segmento V: medianas empresas de entre 100 y menos de 250 trabajadores.

Funcionalidad

El bono digital podrá ser otorgado siempre que las soluciones Kit Digital disponibles supongan una mejora funcional a las soluciones actuales de la empresa. Una mejora funcional supondrá:

- Que la solución a implantar sea totalmente nueva.
- Que la solución que va a ser sustituida no cumpla con alguna de las condiciones de su categoría.
No supondrá una mejora funcional:
- La mejora de la solución actual de la empresa.
- La mejora de las versiones.
- La actualización del software que publique el proveedor.

Importe del nuevo bono digital

Por una parte, las empresas pertenecientes al Segmento IV: podrán obtener una cuantía máxima de 25.000€,

mientras que las pertenecientes al Segmento V: podrán obtener una cuantía máxima de 29.000€.

Estas ayudas tienen la consideración de subvención directa, concediéndose, siguiendo el orden de solicitud y consisten en disposiciones dinerarias únicamente destinadas a subvencionar la adopción de alguna de las soluciones Kit Digital, o varias de ellas. El importe máximo total de las subvenciones es de 350 millones de euros, con posibilidad de ampliación dentro de todos los créditos existentes.

Especificaciones del nuevo bono digital

  • Plazo para realizar la solicitud:

Desde el 12 de diciembre de 2024 a las 11 horas hasta el 30 de junio de 2025 a la misma hora es posible presentar la solicitud. Es necesario tener en cuenta que el plazo puede verse reducido si el crédito disponible se agotara antes de que el plazo establecido finalice.
Asimismo, para que el beneficiario pueda conservar su derecho de cobro de la ayuda, es necesario que se realice la activación de los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización que están asociados a los bonos en un plazo máximo de 6 meses, el cual comienza desde que se notifica la aprobación de la ayuda desde la sede electrónica de Red.es.

  • Etapas de la ejecución:

Tras haberse formalizado y validado la solución por parte de la entidad colaboradora, se dará paso a la ejecución de la solución, dividida en dos fases.
1. Durante la primera fase se realizará la implantación de la solución. Además, se emitirá la factura correspondiente a cargo del Agente Digitalizador Adherido. Esta fase cuenta con un plazo máximo de 3 meses a partir de la validación del acuerdo.
2. Durante la segunda fase se llevará a cabo todo el soporte técnico, así como la formación necesaria para el correcto manejo de la solución. Esta fase cuenta con un plazo máximo de 12 meses a partir de la emisión de la factura.

  • Plazos para realizar la justificación:

Finalmente, será necesario presentar la justificación del uso del bono para la ejecución de la solución en ambas fases a través del formulario presente en la Sede Electrónica de Red.es ubicado en la plataforma: https://www.acelerapyme.gob.es/, en la cual se incluye toda la información que se necesita para justificar el correcto desempeño de la solución.
1. La primera fase cuenta con un plazo de 6 meses para la presentación de la justificación que comienzan a partir de la validación del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.
2. La segunda fase cuenta con un plazo de 3 meses para la presentación de la justificación que comienzan a partir de la conclusión de dicha fase.

Incompatibilidades con el nuevo bono digital

No podrán optar a la subvención:

  • - Personas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos.
  • - Autónomos societarios o colaboradores.
  • - Uniones temporales de empresas (UTE).
  • - Personas que ya hayan obtenido alguna ayuda de previas convocatorias.
  • - Empresas públicas ni cualquier entidad que no cuente con personalidad jurídica.

¿Cómo acceder a las subvenciones del nuevo Kit Digital?

  • Registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es y realizar el test de diagnóstico digital.
  • Consultar las diferentes soluciones Kit Digital disponibles y seleccionar una o más de entre todas en la web de www.acelerapyme.es.
  • Presentar la solicitud en la sede electrónica de Red.es: https://sede.red.gob.es

Asimismo, las empresas cuentan con la posibilidad de realizar la solicitud sin necesidad de presentar ningún documento gracias al nuevo sistema desarrollado por la Sede Electrónica de Red.es que reduce la burocracia. De esta forma, las empresas tan solo deberán autorizar a Red.es a que examinen si su empresa cumple con todas las condiciones para poder ser beneficiario de la ayuda.
Aparte de estos pasos, las empresas también han de escoger el o los Agentes Digitalizadores con los que ejecutar las soluciones Kit Digital en su actividad.

Agentes Digitalizadores

Los Agentes Digitalizadores también son los únicos encargados de la validación de los Acuerdos de Prestación de Servicios de Soluciones de Digitalización con las empresas y recibirán el pago de la subvención en el momento en el que se valide la justificación.

También podrán:
- Ejercer como representantes voluntarios de las empresas.
- Realizar los trámites de presentación de los documentos requeridos para la justificación de la ejecución de la solución.

Representantes voluntarios

Las empresas también podrán contar con un representante voluntario si así lo desean para realizar la solicitud su representación, con un máximo de 100 solicitudes al día. Este debe ser una persona física o jurídica y contar con la autorización de la empresa.

Aqua eSolutions es Agente Digitalizador. Como fabricante de software ofrece servicios de implementación, consultoría y soporte de las soluciones subvencionadas con el Kit Digital: ERP, SGA, MOM, PM, ECOMMERCE… Si está interesado en aplicar las subvenciones del Kit Digital, póngase en contacto y le informaremos en qué consiste, y los pasos a seguir para definir el presupuesto de su proyecto de digitalización.