Plazos de implementación de la Ley Antifraude
Plazos oficiales de la Ley Antifraude (Ley 11/2021)
- Empresas (sociedades anónimas y limitadas) Deben usar software certificado desde el 1 de enero de 2026 - Proveedores, fabricantes y comercializadores de software Tienen hasta el 28 o 29 de julio de 2025 para adaptar sus programas conforme a los requisitos del reglamento. - Autónomos y sociedades civiles Tendrán plazo hasta el 1 de julio de 2026 para adoptar software certificado conforme a la normativa.
Objetivo de la
Ley Antifraude
Sujetos obligados por la Ley Antifraude
El Reglamento está dirigido a:
- Empresarios y profesionales: Abarca todas sus operaciones de facturación, tanto B2B como B2C, salvo las excepciones especificadas.
- Productores y comercializadores de software de facturación: Deben desarrollar y ofrecer soluciones tecnológicas que cumplan con los requisitos de la normativa.
Excepciones a la aplicación obligatoria
- Sujetos acogidos al Sistema de Información Inmediata (SII). - Empresas en Régimen Simplificado o en el Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca. - Operaciones exentas de la obligación de facturar. - Sujetos con exclusiones específicas de la obligación de emitir facturas.
Obligaciones del Software según la Ley Antifraude
Integridad y seguridad de los registros: Los sistemas deben asegurar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los datos generados.
Alcance: Aplica a todas las facturas, incluidas las facturas simplificadas, emitidas por empresarios y profesionales, salvo en los casos de exclusión establecidos (p. ej., SII y regímenes especiales como el de agricultura, ganadería y pesca).Requisitos específicos de los registros de facturación:
Datos del emisor: NIF y nombre o razón social.
Identificación de la factura: Número y, en su caso, serie.
Fecha de emisión y fecha de la operación.
Tipo de factura: Completa o simplificada.
Descripción de las operaciones e importe total.
Régimen aplicable a efectos del IVA u otras obligaciones tributarias.
Mecanismos de seguridad
1.- Hash encadenado:
Cada factura genera una huella digital única vinculada a las anteriores. Cualquier alteración en una factura modifica toda la cadena, garantizando la integridad de los registros.
2.- Firma electrónica:
Permite autenticar la validez de los registros. No es obligatoria si se realiza el envío voluntario de los datos a la Agencia Tributaria en tiempo real. Estos mecanismos garantizan que los registros no puedan ser alterados una vez generados.
Ámbito de aplicación
Este proyecto abarca todo el territorio español, incluido Canarias, Ceuta y Melilla, salvo los territorios forales de País Vasco y Navarra. En estos territorios forales, Verifactu coexistirá con los sistemas de las propias haciendas forales, TicketBai y Batuz. Para estos casos, la elección de uno o de otro dependerá del lugar donde se produzca la tributación.
Diferencias entre la Ley Antifraude, el Sistema Verifactu y la Ley Crea y Crece
La Ley Antifraude y Verifactu se enfocan en la lucha contra el fraude y la seguridad fiscal, mientras que la Ley Crea y Crece promueve la digitalización empresarial y la eficiencia comercial mediante la factura electrónica y la reducción de la morosidad.
Sanciones de la Ley Antifraude
Para los desarrolladores y comercializadores de software de gestión que permitan el doble uso, es decir, llevar una contabilidad B, omitir facturas, evitar trazabilidad, y similares, la multa se eleva a 150.000 €.
Para las empresas, profesionales y autónomos que utilicen este tipo de software que no cumple con la normativa de la nueva ley, las multas son de 50.000€
Cumplimiento de la Ley Antifraude: Asesoramiento y soluciones
Para cumplir con las nuevas normativas, empresas y autónomos deben adoptar un software de facturación electrónica certificado que garantice la emisión, recepción y almacenamiento de facturas conforme a la ley, como el sistema Verifactu.


